Boga
Boops boops
Sparidae · FAO BOG

Normativa
Situación a 27/09/2026
Mediterráneo
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 11 cmFuente: RD 560/1995, anexo II (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo II («Tallas mínimas autorizadas para el caladero mediterráneo»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Boga (Boops boops) — 11».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Cantábrico y Noroeste
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 11 cmFuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Boga (Boops boops) — 11».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Golfo de Cádiz
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 11 cmFuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Boga (Boops boops) — 11».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Canarias
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 11 cmFuente: RD 560/1995, anexo III (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo III («Tallas mínimas autorizadas para el caladero canario»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Boga (Boops boops) — Boga — 11».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Información orientativa. Prevalece siempre la norma oficial publicada en el BOE y en los diarios oficiales autonómicos. Parte de estas normas las localiza y extrae un agente de IA; una persona las revisa antes de publicarlas.
Si no ves una norma de boga que conoces, puede que aún no esté cargada: la fuente oficial manda.
La especie
Espárido gregario de toda la costa que forma bancos a media agua sobre fondos de roca, arena y praderas, desde la superficie hasta más de 100 m. Es omnívora: come plancton, pequeños crustáceos y algas, y aprovecha los restos de puertos, emisarios y granjas de peces. Es de los peces más abundantes del litoral, y a menudo lleva un isópodo parásito dentro de la boca.
Es la pesca de iniciación por excelencia: a boya ligera desde puerto y espigón con pan, masilla, gamba o sardina, ayudándose de engodo. También sale a fondo, con rosarios y desde embarcación. Muchos pescadores la usan como cebo para dentones, lubinas y túnidos.
Cómo reconocerla
- Cuerpo alargado y fusiforme para ser un espárido, de sección casi redonda.
- Ojo grande y boca pequeña.
- Lomo gris verdoso o amarillento y costados plateados con tres a cinco líneas doradas longitudinales.
- Pequeña mancha oscura en la axila de la pectoral.
- La salema tiene el cuerpo más alto y muchas más líneas doradas, muy marcadas; el jurel lleva escudetes en la línea lateral.