Dorada
Sparus aurata
Sparidae · FAO SBG
- Catalán
- orada
- Gallego
- dourada
- Euskera
- urreburu, txelba

Normativa
Situación a 27/09/2026
Mediterráneo
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 20 cmFuente: RD 560/1995, anexo II (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo II («Tallas mínimas autorizadas para el caladero mediterráneo»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Dorada (Sparus aurata) — 20».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Cantábrico y Noroeste
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 19 cmFuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Dorada (Sparus aurata) — 19».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Golfo de Cádiz
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 19 cmFuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Dorada (Sparus aurata) — 19».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Canarias
aguas interiores y exteriores
- Talla mínima
- 19 cmFuente: RD 560/1995, anexo III (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Cita literal
Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo III («Tallas mínimas autorizadas para el caladero canario»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Dorada (Sparus auratus) — Dorada, zapata morisca — 19».
- Cupo
- Sin norma registrada aquí
- Veda
- Sin norma registrada aquí
Información orientativa. Prevalece siempre la norma oficial publicada en el BOE y en los diarios oficiales autonómicos. Parte de estas normas las localiza y extrae un agente de IA; una persona las revisa antes de publicarlas.
Si no ves una norma de dorada que conoces, puede que aún no esté cargada: la fuente oficial manda.
La especie
Espárido de fondos de arena, praderas y roca, sobre todo en aguas someras de hasta unos 30 m, aunque baja más en invierno. Aguanta bien los cambios de salinidad y entra en lagunas litorales, estuarios y marismas, de donde sale al mar para desovar en otoño e invierno. Tritura con sus molares mejillones, almejas, cangrejos y otros animales de concha. Nace macho y a partir de cierto tamaño pasa a hembra. Los escapes de las granjas de acuicultura son frecuentes.
Se pesca a fondo y en surfcasting con cangrejo, mejillón, navaja, gusano o gamba, y desde embarcación. También entra a señuelos y se busca en submarina.
Cómo reconocerla
- Cuerpo ovalado, alto y comprimido, perfil de la cabeza curvo.
- Banda dorada entre los ojos, muy visible en fresco.
- Mancha oscura al inicio de la línea lateral que se prolonga por el borde del opérculo.
- Costados plateados con finas líneas longitudinales grises.
- Dientes delanteros cónicos y molares potentes.
- El pargo es rosado y no tiene la banda dorada; los sargos tienen bandas verticales o manchas negras en la cola.