Melilla

Licencia de pesca marítima de recreo y licencia de pesca continental.

Mar

Licencia de pesca marítima de recreo

Tres clases:

  • 1.ª: desde embarcación, propia o no.
  • 2.ª: submarina a pulmón libre; pide seguro, certificado médico y licencia federativa.
  • 3.ª: desde tierra.

Según la ficha oficial del trámite, vale cinco años y solo en Melilla. Se pide en persona en las oficinas del Registro Único o en la sede electrónica; los menores necesitan autorización del tutor.

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Fuente: RD 347/2011, art. 8 · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
Real Decreto 347/2011, de 11 de marzo, artículo 8: «Para poder practicar la pesca marítima de recreo desde tierra será necesario estar en posesión de la licencia de actividad expedida por el órgano competente de una comunidad autónoma del litoral o de las ciudades de Ceuta y Melilla, debiendo cumplir la normativa establecida por la administración en cuyo litoral se realice la actividad.»

En vigor desde 06/04/2011 · comprobado el 26/09/2026

Información orientativa. Prevalece siempre la norma oficial publicada en el BOE y en los diarios oficiales autonómicos. Parte de estas normas las localiza y extrae un agente de IA; una persona las revisa antes de publicarlas.