Caballa y estornino

Scomber spp.

Scombridae

    Caballa y estornino (Scomber spp.)
    Foto: Hans Hillewaert · CC BY-SA 4.0 · Wikimedia Commons

    Especies del grupo en Anzolia

    Normativa

    Situación a 27/09/2026

    Cantábrico y Noroeste

    aguas interiores y exteriores

    Con condiciones: Talla mínima 20 cm
    Talla mínima
    20 cm
    Fuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
    Cita literal
    Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Caballa, Estornino (Scomber spp) — 20».
    Fuente: Reglamento (UE) 2019/1241, anexo VII (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
    Cita literal
    Reglamento (UE) 2019/1241, anexo VII («Aguas suroccidentales»), parte A («Tallas mínimas de referencia a efectos de conservación»), versión consolidada a 1 de enero de 2026: «Caballa (Scomber spp.) — 20 cm (6)». Punto 1 de la parte A: «Las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación del eglefino (Melanogrammus aeglefinus), el carbonero (Pollachius virens), el abadejo (Pollachius pollachius), la merluza europea (Merluccius merluccius), el gallo (Lepidorhombus spp.), el lenguado (Solea spp.), la solla (Pleuronectes platessa), el merlán (Merlangius merlangus), la maruca (Molva molva), la maruca azul (Molva dipterygia), la caballa (Scomber spp.), el arenque (Clupea harengus), el jurel (Trachurus spp.), el boquerón (Engraulis encrasicolus) y la sardina (Sardina pilchardus) especificadas en esta parte se aplicarán a la pesca recreativa en las aguas suroccidentales».
    Cupo
    Sin norma registrada aquí
    Veda
    Sin norma registrada aquí

    Golfo de Cádiz

    aguas interiores y exteriores

    Con condiciones: Talla mínima 20 cm
    Talla mínima
    20 cm
    Fuente: RD 560/1995, anexo I (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
    Cita literal
    Real Decreto 560/1995, de 7 de abril, anexo I («Tallas mínimas autorizadas para los caladeros del Cantábrico y noroeste y del golfo de Cádiz»), texto consolidado (redacción del Real Decreto 936/2025, vigente desde el 2 de noviembre de 2025): «Caballa, Estornino (Scomber spp) — 20».
    Fuente: Reglamento (UE) 2019/1241, anexo VII (norma estatal) · ver la norma oficial (se abre en otra pestaña)
    Cita literal
    Reglamento (UE) 2019/1241, anexo VII («Aguas suroccidentales»), parte A («Tallas mínimas de referencia a efectos de conservación»), versión consolidada a 1 de enero de 2026: «Caballa (Scomber spp.) — 20 cm (6)». Punto 1 de la parte A: «Las tallas mínimas de referencia a efectos de conservación del eglefino (Melanogrammus aeglefinus), el carbonero (Pollachius virens), el abadejo (Pollachius pollachius), la merluza europea (Merluccius merluccius), el gallo (Lepidorhombus spp.), el lenguado (Solea spp.), la solla (Pleuronectes platessa), el merlán (Merlangius merlangus), la maruca (Molva molva), la maruca azul (Molva dipterygia), la caballa (Scomber spp.), el arenque (Clupea harengus), el jurel (Trachurus spp.), el boquerón (Engraulis encrasicolus) y la sardina (Sardina pilchardus) especificadas en esta parte se aplicarán a la pesca recreativa en las aguas suroccidentales».
    Cupo
    Sin norma registrada aquí
    Veda
    Sin norma registrada aquí

    Información orientativa. Prevalece siempre la norma oficial publicada en el BOE y en los diarios oficiales autonómicos. Parte de estas normas las localiza y extrae un agente de IA; una persona las revisa antes de publicarlas.

    Si no ves una norma de caballa y estornino que conoces, puede que aún no esté cargada: la fuente oficial manda.

    La especie

    Dos escómbridos que forman bancos en toda la costa: la caballa (Scomber scombrus), dominante en Galicia y el Cantábrico, y el estornino (Scomber colias), más propio del Mediterráneo, el golfo de Cádiz y Canarias, donde lo llaman caballa. Nadan entre la superficie y unos 200 m, y en primavera y verano se arriman a la costa detrás de la cría de sardina y boquerón y del zooplancton.

    Se pescan desde puerto, espigón, roca y embarcación con rosarios de plumas, cucharillas, jigs pequeños o a boya con tira de pescado. Cuando entra el banco pican sin parar, y son cebo habitual para túnidos, lubinas y otros depredadores.

    Cómo reconocerla

    • Cuerpo fusiforme, dos dorsales bien separadas y una hilera de pínulas detrás de la segunda dorsal y de la anal.
    • Lomo verde azulado con rayas oscuras onduladas.
    • Caballa: vientre blanco y limpio, ojo pequeño y sin vejiga natatoria.
    • Estornino: ojo más grande, vientre y costados bajos con manchitas o líneas grises punteadas, y con vejiga natatoria.
    • La primera dorsal de la caballa tiene más espinas (unas 11–13) que la del estornino (unas 8–10).